El caso de Wizink
Wizink, como hemos comentado en el artículo El Alto Tribunal examinará las tarjetas ‘revolving’, pertenece entre las entidades financieras con más reclamaciones por los intereses usureros. Debido a ese facto, decidió recurrir hasta al Tribunal Supremo para dejar examinar el caso de una mujer de Santander que hace 8 años contrató una tarjeta de crédito revolving con la TAE del 27%. Este contrato ya fue declarado nulo por un tribunal basándose en la Ley de Represión de la Usura.
De hecho, casi todas las entidades bancarias y también algunas financieras ofrecen este tipo de producto mediante tarjeta. Por eso fue la cita más esperada por los que comercializan los créditos y tarjetas revolving. Siguiendo la última sentencia del Alto Tribunal del 2015, en los últimos años los tribunales habitualmente han dado la razón a los consumidores y sus demandas por los intereses abusivos de estos créditos, así como la mayoría de las entidades que los negocian, aceptaban esas sentencias que declaraban nulos sus contratos.
Sin embargo, algunos han argumentado que para determinar si el interés es notablemente superior, hay que referirse a las tarjetas de crédito y no a los créditos al consumo en general. El Supremo considera que como la referencia sí debe ser tomado el tipo de interés medio aplicado al segmento de las tarjetas de crédito (alrededor del 20%) y no el tipo de interés medio de los créditos al consumo (alrededor de 8%).