Derecho de desistimiento: ¿qué es?

El Derecho de desistimiento se recoge en el artículo 28 de la Ley 16/2011 de 24 de junio de contratos de créditos al consumo y se define como “la facultad del consumidor de dejar sin efecto el contrato celebrado, comunicándoselo así a la otra parte contratante en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna.”

Es decir, si por ejemplo acabamos de solicitar un préstamo personal y ya hemos firmado el contrato con la entidad bancaria, disponemos de 14 días naturales (es decir, contando festivos y fines de semana) desde la firma del mismo para cancelarlo sin poder ser penalizados por ello. Lo mismo ocurre para las compras realizadas por Internet o la contratación de cualquier servicio.