Protección de consumidores y prestatarios

Fecha de la publicación: 15.02.2018
Protección de consumidores y prestatarios

Cuando quieres pedir un préstamo o crédito, los prestamistas suelen exigir que cumplas con una seria de obligaciones, por ejemplo, que seas mayor de edad, tengas residencia española o que no tengas las deudas activas con terceros. Sin embargo, el prestatario también tiene unos derechos. Los prestamistas se comprometen a cumplir con la Ley 16/2011, del 24 de junio, de contratos de crédito al consumo. Esta ley establece claramente los derechos y obligaciones para todos los prestamistas de créditos al consumo (excepto hipotecas, créditos con garantía hipotecaria y mini préstamos de menos de 200 euros).

El contrato legal de créditos al consumo

En primer lugar, según la ley el contrato del préstamo debe contener una serie de elementos inevitables para ser un contrato legal. En general, la identificación del prestatario y del prestamista (intermediario), el tipo de préstamo, la duración del contrato, el importe total del préstamo y la forma de pago. Además es obligatorio especificar el coste total del préstamo representado por la Tasa Anual Equivalente (T.A.E.) e incluyendo todos los intereses, comisiones y otros posibles costes adicionales de la financiación contratada. El contrato también debe establecer claramente los términos del préstamo, tanto como las consecuencias de incurrir en impago.

Como solicitante de préstamos o créditos al consumo tienes derecho a recibir una explicación personalizada sobre las condiciones del contrato para decidir si este se ajusta a tus expectativas. Además tienes otros derechos importantes:

Derecho de oferta vinculante

Tienes derecho de tener toda la información de tu préstamo antes de firmar el contrato y recibir una oferta vinculante para dos semanas, para que puedas consultar y comparar otras ofertas y no perder este acuerdo buscando mejores alternativas de financiación.

Derecho de desistimiento

Cada prestatario tiene la opción de cancelar un préstamo concedido en un plazo de 14 días a partir de la fecha de firma del contrato, sin que se te cobre ninguna penalización ni comisión por ello. Si tomas esta decisión un mes después de pedir el préstamo, por ejemplo, en este caso deberás pagar la totalidad del importe más los intereses, sino incluyendo sólo el coste de los intereses acumulados hasta ese momento.

Derecho de amortización anticipada

Si consigues capital por otra fuente y eres capaz de pagar tu préstamo completamente antes del día de vencimiento previsto en el contrato, es tu derecho hacerlo sin pagar los intereses del tiempo restante.

Es decir, tienes derecho a reembolsar (parcialmente o en totalidad) el importe adeudado que queda pendiente antes de acabar el plazo. Sin embrago, por amortización anticipada sí que pueden cargarte una comisión. Pero esta en todos casos no puede superar el 1% del capital pendiente si queda más de un año para que acabe el plazo de reembolso y un 0,5% si queda menos de un año.

 

Los consumidores (tanto como los prestatarios) están protegidos por varias regulaciones y es muy recomendable conocerlos cuando tratas con productos financieros tipo préstamos o créditos. En caso de cualquier duda o si necesitas consultar un problema existente, puedes acudir a varias asociaciones de derechos de consumidores. Consumidores en Acción (FACUA), la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Euro Consumo o la Oficina Municipal de Información al Consumidor, entre otras.